Ley de Transparencia
Conforme lo dispone la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, los sujetos obligados a que se refiere la presente Ley deberán poner a disposición del público, difundir y actualizar, en forma permanente y por Internet, la información a que se refieren los artículos 29 y 33.
Articulo
29El solicitante deberá contar con el apoyo de la oficina correspondiente designada por la entidad pública para recibir las solicitudes, en caso de así requerirlo.
Articulo
33El examen de la información pública que soliciten las personas será gratuito. La reproducción o el proceso de búsqueda de información pública que no se encuentre disponible.